Entrega de recetas para prescripción de medicamentos con estupefacientes y psicotrópicos

En cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica de Salud publicada en Suplemento de Registro Oficial No. 423 de 22 de diciembre de 2006, que en el artículo 51 dispone “Está prohibido la producción, comercialización, distribución y consumo de estupefacientes y psicotrópicos y otras substancias adictivas, salvo el uso terapéutico y bajo prescripción médica, que serán controlados por la autoridad sanitaria nacional, de acuerdo con lo establecido en la legislación pertinente.”, se comunica a los profesionales de la salud autorizados para prescribir y al público en general lo siguiente:
A partir del mes de mayo de 2014 se utilizará el nuevo formato de receta para la prescripción de medicamentos que contienen sustancias estupefacientes y psicotrópicas los mismos que podrán obtener los profesionales autorizados para prescribir (médicos, odontólogos y obstetrices) en las Direcciones Provinciales de Salud de su respectiva jurisdicción. Se ha diseñado un solo formato para la prescripción tanto de estupefacientes como de psicotrópicos, opción que debe ser elegida por el profesional prescriptor en el encabezado de la receta.
Si los profesionales de la salud disponen de recetas con el formato anterior, podrán hacer uso de éstas hasta agotar su stock, lo cual deberán notificar a la Dirección Provincial de Salud correspondiente.