El Ministerio de Salud Pública a la ciudadanía

1.1.- Resolución Nro. MSP-MSP-2022-0002-R

Resolución Nro. MSP-MSP-2022-0002-R de 20 de enero de 2022, suscrita por la Dra. Ximena Patricia Garzón Villalba, PhD., Ministra de Salud Pública, resolvió en los artículos 1,2 y 3 lo siguiente:

“Artículo 1. Acoger los “INFORME TÉCNICO CONTRATO No. 00058-2021/No. 001” de 20 de enero de 2022 e “INFORME ECONÓMICO CONTRATO No. 00058-2021 No. 001”de 20 de enero de 2022 y declarar la terminación unilateral del contrato No. 00058-2021 suscrito el 08 de septiembre de 2021 entre el Ministerio de Salud Pública y el señor Guido Alejandro Brito Gómez con RUC No.1711806438001, cuyo objeto es la “ADQUISICIÓN DEL MEDICAMENTO CIPROFLOXACINASÓLIDO ORAL 500 MG CAJA X BLÍSTER/RISTRA PARA LOS ESTABLECIMIENTOS DEL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA”, por haber incurrido en la causal prevista en el numeral 1 del artículo 94 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y no haber remediado ni justificado los incumplimientos detallados en los informes técnico y económico que sustentan el presente acto, dentro del término de 10 días posteriores a la notificación del oficio No. MSP-MSP-2021-4272-O de 20 de diciembre de 2021, de conformidad con lo establecido en el artículo 95 de la norma ibídem. 

Artículo 2. Declarar contratista incumplido al señor Guido Alejandro Brito Gómez con RUC No.1711806438001 y delegar a la Directora Nacional de Contratación Pública para que solicite al Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP) la inclusión de contratista incumplido en el Registro de incumplimientos conforme lo prescrito en el numeral 1 del artículo 19 y artículo 98 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, 43 y 43.1 de la Resolución RE-SERCOP-2016-0000072,mediante la cual se expidió la Codificación y actualización de las Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública.

Artículo 3. Disponer a la Dirección Nacional de Contratación Pública la publicación de la presente resolución en el portal www.compraspublicas.gob.ec y en la página web del Ministerio de Salud Pública en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 95 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y 146 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.  (Resaltado fuera del texto original).

1.2.- Resolución Nro. MSP-MSP-2022-0003-R

Resolución Nro. MSP-MSP-2022-0003-R de 20 de enero de 2022, suscrita por la Dra. Ximena Patricia Garzón Villalba, PhD., Ministra de Salud Pública, resolvió en los artículos 1,2 y 3 lo siguiente:

“Artículo 1. Acoger el «INFORME TÉCNICO CONTRATO Nro. 00053-2021 “ADQUISICIÓN DEL MEDICAMENTO FLUOXETINASOLIDO ORAL 20 MG CAJA X BLISTER/RISTRA PARA LOS ESTABLECIMIENTOS DEL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA” ENTRE EL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ING. GUIDO ALEJANDRO BRITO GÓMEZ” de 20 de enero de 2022 e “INFORME ECONÓMICO CONTRATO Nro. 00053-2021 CONTRATO Nro. 00053-2021 “ADQUISICIÓN DEL MEDICAMENTO FLUOXETINASOLIDO ORAL 20 MGCAJA X BLISTER/RISTRA PARA LOS ESTABLECIMIENTOS DEL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA” ENTRE EL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ING. GUIDO ALEJANDRO BRITO GÓMEZ” de 20 de enero de 2022 y declarar la terminación unilateral del contrato No. 00053-2021, suscrito el 07 de septiembre de 2021 entre el Ministerio de Salud Pública y el señor Guido Alejandro Brito Gómez con RUC No. 1711806438001,cuyo objeto es la “ADQUISICIÓN DEL MEDICAMENTO FLUOXETINA SÓLIDO ORAL 20 MG CAJAX BLÍSTER/RISTRA PARA LOS ESTABLECIMIENTOS DEL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA”, por haber incurrido en la causal prevista en el numeral 1) del artículo 94 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y no haber remediado ni justificado los incumplimientos detallados en los informes técnico y económico que sustentan el presente acto, dentro del término de 10 días posteriores a la notificación del oficio No. MSP-MSP-2021-4170-O de 10 de diciembre de 2021, de conformidad con lo establecido en el artículo 95 de la norma ibídem.

Artículo 2. Declarar contratista incumplido al señor Guido Alejandro Brito Gómez con RUC No.1711806438001 y delegar a la Directora Nacional de Contratación Pública para que solicite al Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP) la inclusión de contratista incumplido en el Registro de incumplimientos conforme lo prescrito en el numeral 1 del artículo 19 y artículo 98 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, 43 y 43.1 de la Resolución RE-SERCOP-2016-0000072,mediante la cual se expidió la Codificación y actualización de las Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública.

Artículo 3. Disponer a la Dirección Nacional de Contratación Pública la publicación de la presente resolución en el portal www.compraspublicas.gob.ec y en la página web del Ministerio de Salud Pública en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 95 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y 146 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.” (Resaltado fuera del texto original). 

1.3.- Resolución Nro. MSP-MSP-2022-0004-R

Resolución Nro. MSP-MSP-2022-0004-R de 20 de enero de 2022, suscrita por la Dra. Ximena Patricia Garzón Villalba, PhD., Ministra de Salud Pública, resolvió en los artículos 1,2 y 3 lo siguiente: 

“Artículo 1. Acoger los “INFORME TÉCNICO CONTRATO Nro. 00052-2021 Nro. 001″ de 20 de enero de 2022 e “INFORME ECONÓMICO CONTRATO Nro. 00052-2021 Nro. 001” de 20 de enero de 2022 y declarar la terminación unilateral del contrato No. 00052-2021, suscrito el 07 de septiembre de 2021 entre el Ministerio de Salud Pública y el señor Guido Alejandro Brito Gómez con RUC No.1711806438001, cuyo objeto es la “ADQUISICIÓN DEL MEDICAMENTO PREDNISONA SÓLIDO ORAL 20 MG CAJA X BLÍSTER/RISTRA/FRASCO DOSIS PERSONAL, NO ENVASE HOSPITALARIO PARA LOS ESTABLECIMIENTOS DEL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA”, por haber incurrido en la causal prevista en el numeral 1) del artículo 94 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y no haber remediado ni justificado los incumplimientos detallados en los informes técnico y económico que sustentan el presente acto, dentro del término de 10 días posteriores a la notificación del oficio No. MSP-MSP-2021-4169-O de 10 de diciembre de 2021, de conformidad con lo establecido en el artículo 95 de la norma ibídem.

Artículo 2. Declarar contratista incumplido al señor Guido Alejandro Brito Gómez con RUC No.1711806438001 y delegar a la Directora Nacional de Contratación Pública para que solicite al Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP) la inclusión de contratista incumplido en el Registro de incumplimientos conforme lo prescrito en el numeral 1 del artículo 19 y artículo 98 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, 43 y 43.1 de la Resolución RE-SERCOP-2016-0000072,mediante la cual se expidió la Codificación y actualización de las Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública. 

Artículo 3. Disponer a la Dirección Nacional de Contratación Pública la publicación de la presenteresolución en el portal www.compraspublicas.gob.ec y en la página web del Ministerio de SaludPública en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 95 de la Ley Orgánica del Sistema Nacionalde Contratación Pública y 146 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.” (Resaltado fuera del texto original). 

1.4.- Resolución Nro. MSP-MSP-2022-0005-R

Resolución Nro. MSP-MSP-2022-0005-R de 02 de febrero de 2022, suscrita por el Dr. José Leonardo Ruales Estupiñan, Ministro de Salud Pública, Subrogante, resolvió en los artículos 2, 3 y 4 lo siguiente

“Artículo 2. Acoger el documento denominado: “INFORME ECONÓMICO Nro. MSP-DNA-GIT-INF-010-2022 CONTRATO Nro. 00061-2021 PARA LA ADQUISICIÓN DE 1’655.180 unidades del medicamento METFORMINA SÓLIDO ORAL 500 MG CAJA X BLÍSTER/RISTRA, ENTRE EL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y SR. GUIDO ALEJANDRO BRITO GÓMEZ” de 02 de febrero de 2022 e “INFORME TÉCNICO Nro. MSP-DNA-GIT-INF-010-2022 CONTRATO Nro. 00061-2021 PARA LA ADQUISICIÓN DE 1’655.180 unidades del medicamento METFORMINA SÓLIDO ORAL 500MG CAJA X BLÍSTER/RISTRA, ENTRE EL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y SR. GUIDOALEJANDRO BRITO GÓMEZ” de 02 de febrero de 202, toda vez que incurrió en las causales previstas en el numeral 1 del artículo 94 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y no remedió ni justificó los incumplimientos detallados en el informe técnico, económico que sustentan el presente acto, dentro del término de 10 días posteriores a la notificación del oficio No. oficio No.MSP-CGAF-2021-0514-O de 12 de octubre de 2021; y, el documento denominado “NOTIFICACIÓN DETERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO NO. 00061-2021” de 12 de octubre de 2021, de conformidad con lo establecido en el artículo 95 de la norma ibídem.

Artículo 3. Declarar contratista incumplido al señor Guido Alejandro Brito Gómez con RUC No. 1711806438001 y delegar a la Directora Nacional de Contratación Pública para que solicite al Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP) la inclusión de contratista incumplido en el Registro de incumplimientos conforme lo prescrito en el numeral 1 del artículo 19 y artículo 98 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, 43 y 43.1 de la Resolución RE-SERCOP-2016-0000072,mediante la cual se expidió la Codificación y actualización de las Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública.

Artículo 4. Disponer a la Dirección Nacional de Contratación Pública la publicación de la presente resolución en el portal www.compraspublicas.gob.ec y en la página web del Ministerio de Salud Pública en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 95 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y 146 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.” (Resaltado fuera del texto original)

1.5.- Resolución Nro. MSP-MSP-2022-0006-R

Resolución Nro. MSP-MSP-2022-0006-R de 02 de febrero de 2022, suscrita por el Dr. José Leonardo Ruales Estupiñan, Ministro de Salud Pública, Subrogante, resolvió en los artículos 1, 2 y 3 lo siguiente: 

Artículo 1. Acoger los “INFORME TÉCNICO- CONTRATO Nro. 00054-2021″ actualizado el 02 de febrero de 2022 e “INFORME ECONÓMICO CONTRATO Nro. 00054-2021 PARA LA “ADQUISICIÓN DEL MEDICAMENTO AMLODIPINA SOLIDO ORAL 10 MG CAJA X BLISTER/RISTRA” actualizado el 02 de febrero de 2022 y declarar la terminación unilateral del contrato No. 00054-2021, suscrito el 07 de septiembre de 2021 entre el Ministerio de Salud Pública y el señor Guido Alejandro Brito Gómez conRUC No. 1711806438001, cuyo objeto es la “ADQUISICIÓN DEL MEDICAMENTO AMLODIPINASÓLIDO ORAL 10 MG CAJA X BLÍSTER/RISTRA PARA LOS ESTABLECIMIENTOS DEL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA”, por haber incurrido en la causal prevista en el numeral 1) del artículo 94 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y no haber remediado ni justificado los incumplimientos detallados en los informes técnico y económico que sustentan el presente acto, dentro del término de 10 días posteriores a la notificación del documento No.MSP-MSP-2021-1332-M de 04 de diciembre de 2021, de conformidad con lo establecido en el artículo 95 de la norma ibídem.

Artículo 2. Declarar contratista incumplido al señor Guido Alejandro Brito Gómez con RUC No.1711806438001 y delegar a la Directora Nacional de Contratación Pública para que solicite al Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP) la inclusión de contratista incumplido en el Registro de incumplimientos conforme lo prescrito en el numeral 1 del artículo 19 y artículo 98 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, 43 y 43.1 de la Resolución RE-SERCOP-2016-0000072,mediante la cual se expidió la Codificación y actualización de las Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública.

Artículo 3. Disponer a la Dirección Nacional de Contratación Pública la publicación de la presente resolución en el portal www.compraspublicas.gob.ec y en la página web del Ministerio de Salud Pública en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 95 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y 146 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.” (Resaltado fuera del texto original)