Certificado Internacional de Vacunación
Certificado Internacional de Vacunación
De conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional (RSI), los países tienen derecho a exigir a los viajeros que presenten un certificado de vacunación contra la fiebre amarilla.
En caso de que haya motivos médicos para no administrar la vacuna, dichos motivos deben ser certificados por la autoridad competente.
El RSI es un instrumento jurídicamente vinculante para detener la propagación de enfermedades infecciosas y otras amenazas para la salud. La exigencia del certificado de vacunación a los viajeros queda a discreción de los Estados Partes, y no todos los países lo exigen.
Las recomendaciones para los viajeros internacionales sobre la vacunación contra fiebre amarilla se encuentran disponibles en: http://www.who.int/ith/en/
En el mes de mayo del 2017, el MSP realizó el siguiente alcance, en referencia a la validez del Certificado Internacional de Vacunación de la fiebre amarilla:
“No se prohibirá el ingreso de pasajeros (viajeros) que no porten el Certificado Internacional de Vacunación de la fiebre amarilla; o que porten un Certificado de Vacunación de la fiebre amarilla deteriorado; si los viajeros no poseen el Certificado Internacional de Vacunación de la fiebre amarilla, el Ministerio de Salud Pública ha establecido lineamientos específicos de vigilancia epidemiológica para aquellas personas que ingresan al país”.