Clasificación de los grupos para la elección de plazas – Salud Rural
Conforme a la información registrada por el profesional de la salud, éste recibirá un puntaje en base al cual se lo clasificará en grupos, mismos que determinarán el orden de selección de plazas. Las variables, condiciones y sus puntajes son las siguientes: |
La Norma para el Cumplimiento del Año de Salud Rural de Servicio Social en la RPIS, en el artículo 8, indica lo siguiente:
Art.- 8.- Variables y clasificación de los grupos para la elección de plazas. – Conforme a la información registrada por el profesional de la salud; éste recibirá un puntaje en base al cual se lo clasificará en grupos, mismos que determinarán el orden de selección de plazas.
Las variables, condiciones y sus puntajes son las presentadas a continuación:
Variable |
Descripción |
Puntos |
Profesionales con discapacidad | Profesionales de la salud que presenten una discapacidad, que limite el cumplimiento de sus actividades o su desplazamiento geográfico, conforme las definiciones establecidas en la normativa legal vigente en la materia. | Moderada = 3
Grave = 5 Muy Grave o Severa= 7 |
Sustitutos directos | Profesionales de la salud calificados y certificados como sustitutos directos de personas con discapacidad conforme lo establecido en la normativa vigente en la materia. |
Si =4
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Sustitutos por solidaridad | Profesionales de la salud calificados y certificados como sustitutos por solidaridad humana, conforme lo establecido en la normativa vigente en la materia. |
Si =2
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Profesionales con enfermedades catastróficas o de alta complejidad | Profesionales de la salud que presenten enfermedades catastróficas o raras y que limiten el cumplimiento de sus actividades o su desplazamiento geográfico, conforme lo establecido en la normativa legal emitida para el efecto. |
Si =4 (este puntaje no se suma cuando la condición sea la misma en la variable de discapacidad) |
Profesionales embarazadas | Hecho que será justificado con un certificado actualizado que legitime su estado de gestación, emitido por un facultativo de un establecimiento de salud del Ministerio de Salud Pública. |
Si=4
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Profesionales a cargo de niños/as de 0 a 11 años. | Profesionales de la salud a cargo de niños/as menores de doce (12) años cumplidos hasta la fecha establecida en la convocatoria. En el caso de profesionales de la salud que ejercen la tutela del menor, que no sea su hijo, se requerirá la sentencia del juez que otorga la tutela. |
Niños/as de 0 a 11 años =4
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Profesionales a cargo de adolescentes de 12 a 17 años. | Profesionales de la salud a cargo de adolescentes menores de dieciocho (18) años cumplidos hasta la fecha establecida en la convocatoria. En el caso de profesionales de la salud que ejercen la tutela del menor, que no sea su hijo, se requerirá la sentencia del juez que otorga la tutela. |
Adolescentes de 12 a 17 años =2
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Profesionales casados o en unión de hecho | Profesionales de la salud casados o en unión de hecho debidamente legalizada y registrada en la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación . | 1 |
Profesionales solteros /as | Profesionales de la salud solteros. | 0 |
Adicional a los puntos obtenidos por las condiciones antes descritas, todo postulante que cuente con notas remitidas por el Instituto de Educación Superior en el que cursó sus estudios, resultados del examen de habilitación profesional que se encuentre registrado en el sistema informático de rurales, podrán obtener puntos adicionales conforme al siguiente detalle:
Variable |
Descripción |
Puntos |
Mejores graduados |
Diez por ciento (10%) de los mejores profesionales de la salud graduados de cada Institución de Educación Superior, información que será registrada en el sistema de rurales conforme a lo establecido en la presente Norma. Se excluye de esta condición a los profesionales de promociones anteriores al año y período de asignación de plaza en vigencia. |
7 |
Mejores resultados del examen de habilitación profesional |
Cinco por ciento (5%) de los profesionales de la salud con mejores resultados en el examen de habilitación profesional. Se excluye de esta condición a los profesionales de promociones anteriores al año y período de asignación de plaza en vigencia. |
2 |
Los grupos se clasificarán conforme el puntaje de acuerdo al siguiente cuadro:
Grupo | Rango de puntaje |
GRUPO 1 | 9 o más |
GRUPO 2 | 7 a 8 |
GRUPO 3 | 5 a 6 |
GRUPO 4 | 3 a 4 |
GRUPO 5 | 1 a 2 |
GRUPO 6 | 0 |