Plazo para renovar permisos de funcionamiento se prolonga 90 días más

Los establecimientos comerciales y de servicios tienen 90 días más de plazo para renovar sus permisos de funcionamiento. El Ministerio de Salud Pública, a través del Acuerdo Ministerial 3860 emitido el 12 de julio de 2013, amplió el plazo que vencía este lunes.

El Acuerdo firmado por la ministra de Salud, Carina Vance, justifica la decisión, con el fin de solventar “la serie de inconvenientes que, por motivos administrativos externos al Ministerio de Salud Pública, se han presentado en el proceso de tramitación y emisión del permiso de funcionamiento”.

Por tal motivo, si no se cumplió con la realización del trámite en el primer plazo anunciado, que finalizó el 15 de julio no se aplicarán sanciones. La multa de cinco salarios básicos unificados, equivalentes a $1.590 regirá solo cuando concluya el segundo plazo, en octubre.

En 2012 se entregaron 186.341 permisos de funcionamiento; mientras que en 2013, entre enero y junio,  se concedieron 70.590 permisos.

El permiso de funcionamiento es el documento otorgado por la autoridad de Salud a los establecimientos sujetos de Control y Vigilancia Sanitaria, que cumplen con los requisitos determinados de acuerdo al tipo de establecimiento. El trámite de renovación o por primera vez se lo puede realizar en la Dirección Provincial y en las áreas de salud más cercanas.

Los propietarios o representantes legales de los negocios deberán presentar una solicitud dirigida al titular de la Dirección Provincial de Salud, con su nombre, número de la cédula o del Registro Único de Contribuyentes (RUC); nombre o razón social o denominación del establecimiento; actividad que se realiza y la ubicación.

Dependiendo de cada negocio, en la mayoría de los casos, a esta solicitud se deberá adjuntar el RUC, copia de la cédula de ciudadanía o identidad del propietario o representante legal de establecimiento; documentos que acrediten la personería jurídica; plano del establecimiento a escala 1:50; croquis de la ubicación del establecimiento; permiso otorgado por el Cuerpo de Bomberos y las copias de los certificados ocupacionales del personal que labora en el establecimiento, conferido por un centro de salud público. (Ver documento PDF).

El valor a cancelar para la obtención del permiso de funcionamiento está determinado de acuerdo al establecimiento comercial y de servicio, según el procedimiento de cálculo detallado en el art.- 20 del Reglamento de Funcionamiento de Establecimientos Sujetos a Control Sanitario. Para conocer el valor a pagar puede descargar el documento en el siguiente link (Ver documento PDF). Así por ejemplo en el menor de los casos un consultorio dental debe cancelar $7,63; mientras que las farmacias $22,90; y en el mayor de en el casos un hotel de lujo cinco estrellas doradas deberá cancelar $1.144.,80.

Cabe recordar que ningún funcionario que participe durante el proceso de renovación o entrega del permiso de funcionamiento no está autorizado a solicitar algún valor adicional a los establecidos por la ley. El pago debe ser respaldado por factura o comprobante de pago. En caso de ser víctima de coimas o detectar alguna irregularidad en este proceso, el Ministerio de Salud insta a la ciudadanía, notifique su caso a denuncias@msp.gob.ec para dar seguimiento al mismo.
El Acuerdo Ministerial 818 del 19 de diciembre de 2008 señala que los establecimientos que deben obtener los permisos, entre otros, son:

  • De servicios de salud públicos y privados
  • Comerciales y de servicios
  • Farmacéuticos
  • Servicios de turismo
  • De medicamentos homeopáticos
  • Escenarios permanentes de espectáculos
  • De productos naturales de uso medicinal
  • Servicios funerarios
  • De cosméticos y productos higiénicos
  • Estaciones para expendio de combustible y lubricantes
  • De alimentos
  • Estaciones de envasado y comercialización de gas doméstico e industrial

Cabe resaltar que las tiendas de abastos no deben obtener el permiso de funcionamiento, sino el certificado de condiciones higiénico sanitarias, por una sola vez y no deberá renovarse anualmente.

En el caso de obtener el permiso de funcionamiento por primera ocasión el plazo es hasta el 31 de diciembre de 2013.


 

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